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Mostrando las entradas de julio, 2018

El Funcionalismo

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Considera que el derecho penal está orientado a garantizar la identidad normativa, la constitución y la sociedad.   La pena constituye una reacción frente a un hecho que supone el quebrantamiento de una norma; es decir, se abandona la tradicional concepción que sustenta a la pena como una reacción frente a un hecho que lesiona un bien jurídico tutelado y se erige como el medio a través del cual se confirma la vigencia de la norma violada y de esa forma restituir la identidad social. Claus Roxin Claus Roxin es un abogado y jurista alemán destacado por su labor en el ámbito del Derecho Penal, Derecho Penal Internacional, Derecho Procesal Penal y Teoría del Derecho. El delito es una afirmación que contradice a la norma y la pena es la respuesta que confirma a la norma; por tanto la función de la pena es restituir la vigencia de la norma violada con la conducta delictiva.   Máximos exponentes. Claus Roxin (funcionalismo moderado), Günter Jakobs (funcionalis...

EL Finalismo en Derecho

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Como criterio o corriente procesal para ubicar la culpabilidad del sujeto y la consecuente imposición de la pena, parte de la Teoría del jurista alemán Hans Welzel quien en el año de 1930 realiza una crítica del sistema causalista diciendo que el ubicar la acción en forma causal es una forma ciega de observar el delito aduciendo que es una forma ciega por que el causalismo se reduce a causa-efecto sin tener en cuenta la finalidad de la acción. Welzel, a partir de la observación de la acción, en sus componentes esenciales, señalaría que de ella hace parte la voluntad como su espina dorsal y es ese lugar natural, con consecuencias transcendentales para la teoría del delito. “Acción humana es ejercicio de la actividad final. La acción es, por eso, acontecer “Final”, no solamente “Causal”. La finalidad o el carácter final de la acción se basa en que el hombre, gracias a su saber causal, puede prever, dentro de ciertos límites, las consecuencias posibles de su actividad, poners...

El Causalismo o Escuela Clásica

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Como criterio o corriente procesal se debe a la obra del jurista alemán Franz Von Liszt quien con una tendencia finalista en el año de 1881 estableció que la acción es un fenómeno causal – natural que trae como consecuencia un resultado que puede consistir en un delito.                                                        Franz Liszt - Causalismo     Cada doctrina tiene varias connotaciones de teoría del delito, con las cuales algunos juristas actuales están de acuerdo, sin embargo, actualmente existen delitos que van de la primera a la sexta generación y no todos se abordan en las teorías anteriores. Para esta doctrina, la acción es un comportamiento humano dependiente de la voluntad que produce una determinada consecuencia en el mundo exterior. Los causalistas explican la existencia de la acción delictiva cuando un sujet...